RESOLUCION 598 (al 14 Agosto 02)
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La misma posibilita:
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VENADO TUERTO, 14 de Agosto de 2002.
- Y VISTO: Los presentes autos caratulados Banco Integrado Departamental Coop. Ltdo. s/ Quiebra", Expte. Nro. 1379/95, venidos a Despacho en virtud de lo dispuesto a fs. 11.784.-
- Y CONSIDERANDO: Que tal como consta a fs. 8717, la Sindicatura actuante pone en conocimiento del Tribunal que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ha declarado admisible el Recurso Federal interpuesto por la Fallida, elevando los autos en consecuencia a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación.-
Ante ello el Tribunal procede al dictado del Auto Nro. 525/00 (fs. 8720) que suspende la realización de bienes del activo falencial (salvo las excepciones que se refieren) e igualmente el dictado de Sentencia de fondo en los procesos de extensión de quiebra.-
Ahora, mediante escrito cargo Nro.987/02 la Sindicatura acompaña fotocopias certificadas del Acuerdo dictado por la Corte Suprema de la Nación, que firma la Sentencia apelada (dictada por la Corte de Santa Fe) que en su momento desestimo la queja interpuesta por la Fallida.-
Por ende ha quedado definitivamente firme lo resuelto por el Suscripto; por lo que,
- RESUELVO: Levantar las interdicciones dispuestas por el Auto 525/00 (obrante a fs. 8720).-
Insértese agréguese copia y hágase saber.-